Niveles de Seguridad de los Productos de Inteligencia

 

Clasificación de documentos de inteligencia

Pública o de acceso no restringido

Estos documentos cualquier persona los puede ver, leer o analizar son de fácil acceso sin restricción alguna.

Para aplicarlos bajo parámetros que garanticen los derechos Humanos en la Ley 9342 del Código Procesal Civil nos indica que:

Documentos públicos son todos aquellos redactados o extendidos por 

 

funcionarios públicos, según las formas requeridas y dentro del límite de sus 

 

atribuciones y los calificados con ese carácter por la ley. También, tendrán esa 

 

naturaleza los otorgados en el extranjero con ese carácter en virtud de tratados, 

 

convenios internacionales o el derecho internacional. A falta de norma escrita, 

 

tales documentos deben cumplir los requisitos del ordenamiento jurídico donde se 

 

hayan otorgado (La Asamblea Legislativa de Costa Rica, 2016, art.45.2).

Se puede decir que en el ambito de aplicación de los Derechos Fundamentales de las Personas es que se le garanticen que no se va ha viiolentar estos derechos  de ya que los documentos dominio público son de facil acceso cualquier persona puede  ternerlos poe lo que se debe  siempre tener presente es la protección de la integridad moral,  derecho al respeto,  derechos a la identidad con el efecto de que este libre acceso no dañe la parte de la personalidad del investigado o afectado.

 

Confidencial

Este documento esta en poder del Estado son los que contienen información de uso exclusivo y son protegidos de manera especial.

.

En lo que corresponde en materia de los Derechos Fundamentales de las personas aquí se aplicaría en el tema de privacidad de datos de los sujetos involucrados y como los investigadores tendrá acceso a la información privada. En la protección de datos se refiere a los derechos de las personas cuyos datos están incluidos sobre el almacenamiento, se recogen, se mantienen y se procesan. Estos pueden revela la identidad de una persona viva, la edad, dirección personal o laboral entre otros, por lo que en algunos países que no cuenten con una ley de protección de datos y aunque no existir leyes de privacidad que afecte a los datos de investigación, las consideraciones étnicas siempre deben de estar presente por motivo de Derechos Humanos.

 

Reservada

Es la información pública protegida, relativa a la función pública que por disposiciones legales a veces que, temporalmente suspendido su manejo, distribución, publicación y difusión, con excepción de las autoridades competentes que tenga acceso a ella. Podría en seguridad externa en el resguardo de intereses internacionales del Estado y la interna combatir de manera eficiente los delitos.

En el tema de los Derechos Fundamentales de las personas se le debe brindar la seguridad, la protección de la vida e integridad moral de estas, así como protección al nombre, derecho de la identidad esto se debe de dar en un casos muy delicados en el cual lo que se quiere es proteger al individuo tanto como victima o victimario de un caso muy especial sea este de crimen organizado o de delitos comunes a nivel nacional como internacional, ya que en un eventual proceso penal se puede distorsionar las investigaciones de las autoridades competentes del caso.

Secreta

Es aquella información que se usa en el campo militar es una información sensible y clasificada que esta restringida por leyes o regulada por clases particulares de persona, para acceder a estas se requiere una habilitación formal de seguridad.

En este tipo de información de inteligencia se debe garantizar que al ser de corte militar no se condicionen los Derechos Fundamentales de las personas ya que como se sabe en ese ámbito siempre a través del poderío de las naciones en temas de milicia  se seguirán ejecutando enfrentamientos entre países de guerra los cuales tienen como saldo las violaciones de los Derechos de las personas como el de la vida, libertad, respeto, etc., cabe resaltar que en nuestro país hace un tiempo atrás se dio un caso muy sonado en lo que corresponde a la violación de datos personales a ciertas personas   en donde la Dirección de Inteligencia Nacional (DIS), se decía que estaba haciendo espionaje en datos de estas personas lo cual se podría tomar como información confidencial y secreta de cada persona.   

 

Figura 8. Inteliegencia policial.(Castillo, s.f)

 

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